Reclama el cumplimiento inmediato de la sentencia que ordenó entregar información y plantea serias interrogantes sobre la titularidad registral, una referencia hipotecaria y la situación jurídica real del inmueble de la avenida Bolívar.
Santo Domingo, República Dominicana. — El jurista Evaristy Jiménez, presidente de la Corriente Jurídica Unión y Solidaridad, exigió con carácter de urgencia y emergencia institucional que el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) aclare pública y documentalmente cuál es la situación jurídica real del inmueble donde funciona su sede principal, ubicada en la avenida Bolívar núm. 9, en el Distrito Nacional.
Jiménez recordó que desde el año 2020 existe la Sentencia núm. 030-02-2020-SSEN-00010, emanada del Tribunal Superior Administrativo como consecuencia de una acción de amparo de cumplimiento relacionada con la negativa del Colegio de Abogados a entregar informaciones solicitadas por él y por la Corriente Jurídica Unión y Solidaridad.
A más de seis años de aquella decisión, Jiménez sostiene que informaciones esenciales sobre el patrimonio, las operaciones y la situación financiera del CARD continúan sin ser entregadas de manera completa, razón por la cual considera que ya no puede postergarse el cumplimiento de la sentencia ni la rendición de cuentas.
LA SEDE PRINCIPAL DEL CARD: ¿DE QUIÉN ES REALMENTE EL INMUEBLE?
Jiménez explicó que las verificaciones y consultas registrales realizadas hasta el momento generan interrogantes que deben ser respondidas documentalmente.
De acuerdo con la información registral consultada, el inmueble identificado como Manzana núm. 294, Solar núm. 10, Distrito Catastral núm. 1, correspondiente al inmueble donde funciona la sede principal del Colegio de Abogados, aparece vinculado registralmente a IMPORTADORA GARZANZ, S.A., figurando dicha sociedad como titular desde el año 1992, según los antecedentes examinados.
Ante esa situación, Evaristy Jiménez entiende indispensable que las autoridades actuales y anteriores del CARD expliquen con documentos cuál es la naturaleza jurídica mediante la cual el Colegio ocupa, adquirió o eventualmente financió ese inmueble.
“No estamos adelantando conclusiones. Estamos haciendo preguntas que necesariamente tienen que ser contestadas con documentos. El patrimonio del Colegio pertenece institucionalmente a todos los abogados y su situación jurídica tiene que ser absolutamente transparente”, expresó Jiménez.
Entre las interrogantes que, a juicio de la Corriente Jurídica Unión y Solidaridad, deben ser aclaradas inmediatamente se encuentran:
¿Quién es actualmente el titular registral definitivo del Solar 10, Manzana 294, Distrito Catastral núm. 1?
¿Qué relación jurídica existe entre IMPORTADORA GARZANZ, S.A. y el Colegio de Abogados de la República Dominicana?
Si el inmueble fue comprado por el CARD, dónde está el contrato de compraventa, cuál fue su precio y en qué fecha se produjo la operación?
¿Existe un Certificado de Título emitido a nombre del Colegio de Abogados? De existir, que sea presentado públicamente.
¿Se produjo formalmente la transferencia del derecho de propiedad a favor del CARD ante el Registro de Títulos?
Si el inmueble continúa apareciendo registralmente a nombre de IMPORTADORA GARZANZ, S.A., cuál es exactamente el derecho que ostenta actualmente el Colegio sobre esa propiedad?
¿Existe o existió una hipoteca de primer rango relacionada con ese inmueble a favor de COOPHERRERA? De ser así, quién constituyó esa garantía, por qué monto, en qué fecha y para garantizar qué obligación?
¿Cómo se explica cualquier referencia documental a una hipoteca si la información registral actualmente consultada no refleja ese gravamen?
¿Quién recibió los recursos de cualquier financiamiento relacionado con el inmueble y cuáles han sido los pagos realizados por el CARD?
¿Cuál es el balance pendiente, si lo hubiere, y de qué cuentas institucionales han salido los recursos utilizados para pagar la adquisición o financiamiento?
¿Qué actas de la Junta Directiva Nacional o del Consejo Nacional autorizaron la compra, financiamiento, hipoteca o cualquier operación relacionada con esta propiedad?
¿Por qué estas informaciones patrimoniales no han sido puestas a disposición de los abogados pese a existir una sentencia relacionada con la entrega de información?
Jiménez señaló que estas interrogantes no constituyen una acusación contra persona alguna, sino la exigencia de esclarecimiento de hechos y documentos cuya trascendencia requiere una respuesta institucional inmediata.
SURÚN Y POTENTINI DEBEN EXPLICAR DOCUMENTALMENTE
El presidente de la Corriente Jurídica Unión y Solidaridad indicó que corresponde tanto al expresidente del CARD Miguel Surún Hernández, respecto de las operaciones realizadas durante su administración, como al actual presidente Trajano Vidal Potentini, en su condición de máxima autoridad y custodio actual de la documentación institucional, contribuir al esclarecimiento completo de la situación.
“Miguel Surún Hernández y Trajano Vidal Potentini deben explicar a la comunidad jurídica cuál es la realidad. No mediante declaraciones generales, sino poniendo sobre la mesa el título, el contrato de compraventa, las certificaciones del Registro de Títulos, los contratos de financiamiento, cualquier hipoteca, los comprobantes de pago y las actas que autorizaron esas operaciones”, manifestó Jiménez.
Añadió que resulta especialmente importante establecer la trazabilidad completa del inmueble desde su titularidad registral originaria hasta la situación existente al día de hoy.
CUMPLIR LA SENTENCIA Y ENTREGAR TODA LA INFORMACIÓN
Evaristy Jiménez reclamó que el CARD proceda de manera inmediata a dar cumplimiento efectivo a la Sentencia núm. 030-02-2020-SSEN-00010 y entregue toda la documentación requerida, incluyendo aquella relacionada con sus bienes inmuebles, ingresos, obligaciones financieras, contratos, préstamos, gravámenes y decisiones de sus órganos directivos.
“Después de más de seis años, no puede seguir existiendo una sentencia sin cumplimiento efectivo mientras permanecen interrogantes de esta magnitud sobre el principal inmueble de la institución. Exigimos transparencia, documentos y respuestas”, puntualizó.
Jiménez anunció que la Corriente Jurídica Unión y Solidaridad continuará realizando las diligencias legales correspondientes para obtener las certificaciones y documentos oficiales que permitan determinar de manera incontrovertible quién es el propietario, cómo se produjo la operación mediante la cual el CARD ocupa el inmueble, si existió financiamiento o hipoteca y cuál es actualmente su situación jurídica.
“El Colegio de Abogados no puede tener zonas oscuras en el manejo de su patrimonio. La respuesta es sencilla: que se abran los archivos, se cumpla la sentencia y se entreguen los documentos. Que la verdad documental hable”, concluyó Evaristy Jiménez.
Corriente Jurídica Unión y Solidaridad

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